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Contrato de aprendizaje SENA 2026: pagos, duración y SGVA

Actualizado el Verificado en fuentes oficiales el 23 de septiembre de 2026

Imagen ilustrativa: contrato de aprendizaje sena
En esta página
  1. Qué cambió con la Ley 2466 de 2025 y el Decreto 0223 de 2026
  2. Cuánto paga el contrato de aprendizaje en 2026
  3. Duración, fases y cuántos contratos puedes firmar
  4. Suspensión y terminación del contrato
  5. Cuota de aprendices y monetización (para empresas)
  6. SGVA paso a paso: aprendices y empresas
  7. El contrato dentro de la etapa productiva
  8. Errores frecuentes y soluciones
  9. Preguntas frecuentes
  10. Fuentes oficiales

Desde la Ley 2466 de 2025, el contrato de aprendizaje es un contrato laboral especial a término fijo de hasta tres (3) años. La empresa paga el 75 % del salario mínimo en fase lectiva ($1.313.179 en 2026) y el 100 % en fase práctica ($1.750.905). Ofertas y contratos se gestionan en el SGVA.

Qué cambió con la Ley 2466 de 2025 y el Decreto 0223 de 2026

La reforma laboral (Ley 2466 del 25 de junio de 2025, artículo 21) reescribió el artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo, y el Decreto 0223 del 5 de marzo de 2026 lo reglamentó. Si leíste reglas distintas en otra página, o incluso en la pantalla de inicio del SGVA, es porque siguen mostrando el régimen anterior de la Ley 789 de 2002.

Aspecto Régimen anterior (derogado) Régimen vigente
Naturaleza Forma especial de vinculación, sin subordinación Contrato laboral especial a término fijo
Duración Hasta 2 años La que fije el programa, sin pasar de 3 años
Fase lectiva 50 % del mínimo 75 % del mínimo, como mínimo
Fase práctica 75 % (100 % si el desempleo nacional bajaba del 10 %) 100 % del mínimo
Prestaciones sociales No Sí, en la fase práctica o durante toda la formación dual
Monetización de la cuota Fórmula anterior de la Ley 789 1,5 SMMLV al mes por cada aprendiz no contratado
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Cuánto paga el contrato de aprendizaje en 2026

El valor se calcula sobre el salario mínimo de 2026 ($1.750.905). La ley fija pisos: la empresa puede pagar más, nunca menos.

Modalidad Momento Porcentaje Valor mensual 2026
Formación tradicional Fase lectiva 75 % $1.313.179 (Ley 2466 de 2025, art. 21; Decreto 0223 de 2026)
Formación tradicional Fase práctica 100 % $1.750.905 (Ley 2466 de 2025, art. 21)
Formación dual Primer año 75 % $1.313.179
Formación dual Segundo año 100 % $1.750.905
Estudiante universitario Todo el contrato Mínimo 100 % $1.750.905

Seguridad social y prestaciones

  • Fase lectiva: la empresa paga completa tu afiliación a salud y a riesgos laborales (ARL), como trabajador dependiente.
  • Fase práctica o toda la formación dual: quedas afiliado a salud, pensión y ARL, y tienes derecho a las prestaciones, auxilios y demás derechos del contrato laboral (prima, cesantías, intereses y vacaciones). Para liquidar prestaciones solo cuenta el tiempo de la fase práctica.
  • Base de cotización: el Decreto 0223 la fija en un salario mínimo y ordena que los descuentos de cotización se calculen sobre ese valor. En la fase práctica, como trabajador dependiente, lo que recibes en la cuenta puede ser algo menor que el apoyo bruto.
  • Auxilio de transporte: ni la ley ni el decreto lo nombran de forma expresa. Hablan de los “auxilios propios del contrato laboral” en la fase práctica. El auxilio de 2026 es de $249.095; confirma con la empresa o con el Ministerio del Trabajo si aplica a tu caso.

Duración, fases y cuántos contratos puedes firmar

  • La duración la determina el programa de formación. La institución educativa debe certificar por escrito, antes de la firma, cuánto duran la fase lectiva y la práctica.
  • Todo contrato debe incluir fase lectiva y fase práctica: no puede limitarse solo a la lectiva.
  • En la formación dual el contrato puede durar hasta tres años, con al menos un 50 % de tiempo en fase lectiva y un 50 % en fase práctica.
  • No hay período de prueba.
  • Solo puedes tener un contrato de aprendizaje a la vez. Un segundo contrato solo procede por “cadena de formación”: un programa de nivel superior en la misma área, con el título anterior obtenido y concepto previo de la regional del SENA. Nunca más de dos en total.

Suspensión y terminación del contrato

Además de las causales generales del artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo, el contrato puede suspenderse en la fase práctica por vacaciones colectivas de la empresa (cuando aún no tienes derecho a vacaciones), por licencia de maternidad o paternidad y por incapacidad de más de cinco días hábiles en un mes. Durante la suspensión no se paga el apoyo, pero la empresa sigue a cargo de la seguridad social ya causada, y la suspensión debe reportarse en el SGVA.

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El contrato termina, entre otras causas, por mutuo acuerdo, por vencimiento del plazo, por cierre de la empresa o por justa causa. Si la empresa lo termina sin justa causa, aplica la indemnización del artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo. Cuando un contrato de la cuota termina, la empresa tiene 20 días hábiles para reemplazar al aprendiz.

Cuota de aprendices y monetización (para empresas)

Están obligados los empleadores privados con 15 o más trabajadores que no sean de la construcción (esa industria aporta al FIC), además de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta. La regional del SENA del domicilio principal fija la cuota mediante acto administrativo.

  • Regla de cálculo (Ley 789 de 2002, art. 33): un aprendiz por cada 20 trabajadores y uno adicional por fracción de 10 o más. Entre 15 y 20 trabajadores, un aprendiz. Ejemplo: 52 trabajadores = 3 aprendices (2 por los primeros 40 y 1 por la fracción de 12).
  • Monetización: 1,5 SMMLV al mes por cada aprendiz no contratado, es decir, $2.626.358 (Ley 2466 de 2025, art. 23) por aprendiz en 2026. Se paga dentro de los primeros cinco días de cada mes y la decisión se informa a la regional.
  • Incumplimiento: si no contratas ni monetizas, pagas 1,6 SMMLV por cada aprendiz incumplido, más indexación, intereses de mora y la multa correspondiente.
  • Destino del recaudo: 25 % para apoyos a aprendices, 25 % para formación de jóvenes rurales y 50 % para el Fondo Emprender.
  • Aprendices voluntarios: por encima de la cuota puedes vincular hasta el 40 % de la planta (15 a 50 empleados), el 30 % (51 a 200) o el 20 % (más de 200), si no has reducido la nómina.

SGVA paso a paso: aprendices y empresas

El Sistema de Gestión Virtual de Aprendices (SGVA), también llamado Caprendizaje, es la plataforma donde las empresas publican ofertas de contrato, los aprendices se postulan y el SENA registra los contratos y sus novedades. Tiene tres accesos: Empresas, Aprendices y Funcionario.

Si eres aprendiz

  1. Elige el contrato de aprendizaje como alternativa de etapa productiva en tu centro de formación.
  2. Espera el correo de bienvenida con tus datos de acceso: llega al correo que registraste en SOFIA Plus.
  3. Entra a caprendizaje.sena.edu.co, selecciona “Aprendices” y escribe tu número de documento y tu contraseña.
  4. Actualiza tus datos de contacto y tu perfil profesional: es lo que ven las empresas.
  5. En “Buscar empresas” filtra las ofertas, pulsa “Ver – aplicar” y luego “Aplicar”.
  6. Revisa la “Bandeja de entrada” para ver las citaciones a entrevista y, al cerrar el proceso, registra tu observación.
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Si eres empresa

  1. En el mismo portal, entra por “Empresas” y pulsa “Crear usuario empresa”. Registra el NIT sin dígito de verificación, la razón social y el representante legal.
  2. Reporta tu planta de personal a la regional del SENA para que regule tu cuota, o vincula aprendices de forma voluntaria.
  3. En “Solicitar aprendices” pulsa “Crear nueva solicitud”: departamento, ciudad, dirección de la entrevista, contacto, especialidad, funciones, cantidad y fecha de cierre.
  4. Revisa los “aprendices postulados”, cítalos y cierra la solicitud cuando la cubras.
  5. Firma el contrato por escrito y repórtalo al SENA a través de la regional y del SGVA, igual que las suspensiones y terminaciones.

La guía detallada de la plataforma, con recuperación de contraseña y errores de ingreso, está en Caprendizaje SENA.

El contrato dentro de la etapa productiva

Según el Reglamento del Aprendiz (Acuerdo 9 de 2024), el contrato de aprendizaje es una de las alternativas para la etapa productiva, junto con el vínculo formativo, el proyecto productivo, el vínculo laboral, la monitoría y las prácticas en economía popular o campesina. Ten en cuenta que la vinculación formativa no cuenta para la cuota de las empresas y que, si firmas contrato, pierdes el apoyo de sostenimiento del SENA, porque son incompatibles.

Errores frecuentes y soluciones

“El SGVA dice que en lectiva pagan 50 % y en práctica 75 %”

Es un texto anterior a la reforma que sigue en la pantalla de inicio y en los manuales de 2022 de la plataforma. Rigen la Ley 2466 de 2025 y el Decreto 0223 de 2026: 75 % y 100 %.

“Me dieron un formato de contrato de 2022”

No lo firmes sin revisarlo: esos formatos reflejan el régimen derogado. El contrato debe constar por escrito y respetar los valores, la duración y las garantías vigentes. Pide el formato actualizado a tu centro o a la regional.

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“En la fase práctica me siguen pagando el 75 %”

El mínimo en la fase práctica es el 100 % del salario mínimo. Háblalo con la empresa y con el líder de contrato de tu centro. La inspección, vigilancia y control del contrato corresponde al Ministerio del Trabajo.

“No me llegó el usuario del SGVA”

Verifica que el correo de SOFIA Plus sea el correcto y pregunta al líder de contrato de aprendizaje de tu centro si ya te migraron al SGVA. Si ya estabas registrado, usa “Recuperar contraseña”.

“La empresa quiere renovarme el contrato al terminar”

No se puede celebrar un nuevo contrato de aprendizaje al expirar el anterior, salvo la cadena de formación descrita arriba. Si la empresa quiere que sigas, lo que corresponde es un contrato de trabajo ordinario. Si no, puedes buscar vacantes en la Agencia Pública de Empleo del SENA.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto gana un aprendiz SENA en 2026?

En formación tradicional, $1.313.179 al mes en fase lectiva y $1.750.905 en fase práctica, con seguridad social. En la práctica, además, tienes prestaciones sociales.

¿Cuánto dura un contrato de aprendizaje SENA?

Lo que dure tu programa de formación según su diseño curricular, sin superar tres años. La institución certifica la duración antes de la firma.

¿El aprendiz tiene derecho a prima y cesantías?

Sí, en la fase práctica o durante toda la formación dual, porque se aplican los derechos del contrato laboral. Las cesantías pueden administrarse en el Fondo Nacional del Ahorro.

¿Qué pasa si cancelo mi contrato de aprendizaje?

Puede terminarse por mutuo acuerdo o por justa causa, siempre por escrito. Si lo incumples sin justificación, ni el SENA ni la empresa te gestionarán una nueva relación de aprendizaje.

¿Cómo saber si ya quedó registrado mi contrato?

Entra al SGVA como aprendiz y abre “Consultar contratos”. Si no aparece, la empresa aún no lo ha reportado: pídele que lo haga y avisa a tu centro.

¿Cuántos aprendices debe contratar una empresa?

Uno por cada 20 trabajadores y uno más por fracción de 10 o superior, desde 15 trabajadores. La cuota exacta la fija la regional del SENA mediante acto administrativo.

¿Puedo tener contrato de aprendizaje y apoyo de sostenimiento a la vez?

No. La Resolución 169 de 2022 exige no tener contrato de aprendizaje ni ingresos por vínculo laboral para recibir el apoyo de sostenimiento regular.

Fuentes oficiales

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